Con nueve votos a favor y uno en contra, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó en su totalidad la Ley de Seguridad Interior, con la que se buscaba regular la actuación de las fuerzas armadas en la lucha contra el crimen organizado.
Los ministros del alto tribunal consideraron que el Congreso de la Unión no tiene facultades para legislar en la materia, debido a que constitucionalmente sólo el Ejecutivo federal está facultado para disponer de la totalidad del Ejército, la Marina y la Fuerza Aérea para la seguridad interior y defensa exterior.
En la sesión de este jueves, los ministros José Fernando Franco González Salas, Margarita Luna Ramos y Luis María Aguilar explicaron los motivos de rechazo a la norma. Sólo el ministro, Jorge Mario Pardo Rebolledo votó a favor.
En su intervención, el ministro José Fernando Franco González Salas reconoció la tarea de las fuerzas armadas, pero dijo que son fundados los conceptos de invalidez, relativos a la falta de competencia del poder legislativo para legislar en la materia.
Dijo que la Seguridad Pública, Seguridad Nacional y la Seguridad Interior están reguladas por la Constitución.
En tanto la ministra, Margarita Luna Ramos señaló que el Congreso tiene facultades, pero el proceso de aprobación de ley en la Cámara de Diputados registró deficiencias.
A su vez, el presidente de la SCJN, Luis María Aguilar dijo que la ley podría generar un mal mayor a la partición de las fuerzas armadas, por lo que consideró que debería emitirse una nueva.
En contraste, el ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo señaló: “Difiero de los que ven en la Ley de Seguridad Interior un ley de Seguridad Pública. No es una Ley de Seguridad Pública”.
Y añadió: “En mi opinión, la Ley de Seguridad Interior no está regulando la seguridad pública y tampoco está empoderando a las fuerzas armadas”.
Antes de concluir la sesión, la ministra Margarita Lunas Ramos se retiró del pleno y no votó, pero al inicio se pronunció por la invalidez de la polémica.