La asignación de las diputaciones locales plurinominales que emitió el Organismo Público Local Electoral (OPLE) de Veracruz, la cual fue validada por la Sala Regional del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), fue ratificada este domingo por la Sala Superior.
Como se recordará, los recursos de reconsideración 1755, 1756 y 1767, fueron interpuestos por Sergio Antonio Cadena Martínez, Diana Aguilar Castillo y Josefina Ramírez Cervantes, en contra de la sentencia dictada por la Sala Regional Xalapa, mediante la cual confirmó el acuerdo por el que el Organismo Público Local Electoral de Veracruz, asignó diputaciones por el principio de representación proporcional en Veracruz.
En el proyecto se propuso confirmar la sentencia impugnada, primero, porque la Sala Xalapa sí analizó el planteamiento de inaplicación del artículo 173 del Reglamento de Candidaturas de Veracruz, y los recurrentes no controvierten las razones dadas por la responsable, además con la aplicación de la corrección para obtener la prioridad de género no se discriminó al actor ni puede sostenerse que los candidatos asignados por cociente natural fueron respaldados por más votos que los de resto mayor.
Por lo anterior, se validó la asignación que hizo el OPLE por el principio de equidad de género, al otorgar las diputaciones plurinominales al Partido de la Revolución Democrática (PRD) con Florencia Martínez Rivera; Partido Verde Ecologista de México (PVEM), con Andrea Yunes Yunes; y al
Partido Revolucionario Institucional (PRI) con Jorge Moreno Salinas.
La magistrada presidenta Janine Madeline Otálora Malassis expuso que “el Instituto Electoral de Veracruz realiza un ejercicio de asignación y se da cuenta de que las mujeres quedarían subrepresentadas por cuatro curules, por lo que determina realizar diversos ajustes a partir de los partidos que obtuvieron la menor votación”.
“Y este ejercicio lo realiza el OPLE con base en los artículos 172 y 173 del Reglamento de Candidaturas del estado que, en su momento, como ya lo señalaba la magistrada Soto, fue impugnado y fue confirmado por la Sala Regional Xalapa, así como en el Manual de Asignación adoptado por el OPLE para estos efectos”, indicó.
“Estos instrumentos permiten a la autoridad administrativa local modificar los resultados de asignación para conseguir justamente que el Congreso se integre realmente de manera paritaria 50 por ciento de hombres, 50 por ciento de mujeres. Una vez realizado el ejercicio de asignación establecido en la fórmula previsto en la ley local a partir de las curules asignadas a los partidos que obtuvieron la menor votación”, expuso.