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Empresa de servicio y plataforma digitales de transporte no tienen permiso de operar en Veracruz
Ley 589 de Tránsito y Transporte prohíbe prestar el servicio público en cualquiera de sus modalidades.

Osiris Muñoz
Xalapa, Veracruz / 2024-02-20 - 19:03

La Secretaría de Seguridad Pública, a través de la Dirección General de Transporte del Estado rechaza que empresas de servicios y plataformas digitales tengan autorización para operar legalmente en el territorio veracruzano; asimismo subraya que la Ley 589 de Tránsito y Transporte prohíbe prestar el servicio público en cualquiera de sus modalidades sin concesión correspondiente.

La dependencia estatal reitera que no existe norma legal que permita el uso de plataformas tecnológicas y, por tanto, dichas empresas no pueden efectuar el servicio que proponen en Veracruz, por tal motivo se informa a usuarios y prestadores de servicio que ninguna plataforma tiene autorización para circular.

Es importante resaltar que el artículo 272 Bis del Código Penal del Estado de Veracruz establece como delito la promoción o realización del servicio de transporte público en cualquiera de sus modalidades, sin contar con la concesión o permiso correspondiente expedido por la autoridad.

Finalmente, la Dirección de Transporte del Estado continúa llevando a cabo operativos permanentes para detectar cualquier chofer que preste un servicio ajeno a las concesiones que cuenta o fuera de la ley y pone a disposición de la ciudadanía el número telefónico: 8008497560 para denuncias.


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