En la sesión pública de la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, los Magistrados integrantes determinaron confirmar la sentencia del Tribunal Electoral de Veracruz del pasado 29 de diciembre de 2017 que desecharon de plano la demanda.
Los Magistrados por unanimidad consideraron como infundados los agravios interpuestos por parte de María Elvira Castellanos Coyotl, regidora cuarta suplente electa en el municipio de Santiago Tuxtla, en razón de que fue correcta la determinación tomada por el TEV, al desechar de plano la demanda, ya que la actora presentó de forma extemporánea el medio de impugnación.
La actora en su juicio para la protección de los derechos político-electorales del ciudadano SX-JDC-2/2018, solicitaba que se revocara la sentencia emitida y se realizará el estudio de los agravios presentados que controvertían los requisitos de inegibilidad de la regidora cuarta propietaria del ayuntamiento antes mencionado.
Cabe recordar que el Tribunal Electoral de Veracruz desechó el juicio para la protección de los derechos político electorales del ciudadano JDC 486/2017 en razón de que el medio de impugnación fue presentado fuera del plazo previsto por el artículo 358, párrafo tercero, del código electoral local.