En la sesión pública de resolución de este viernes 29 de diciembre de 2017, la Sala Regional Xalapa del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la sentencia emitida por el Tribunal Electoral de Veracruz (TEV).
El TEV declaró la inexistencia de la violación objeto de la denuncia, relativa a las violaciones a normas de propaganda prohibida atribuible a Antonio Mansur Oviedo, ex candidato a alcalde de Fortín y de los partidos Acción Nacional y de la Revolución Democrática, ya que aunado a que las pruebas aportadas por los institutos políticos quejosos no son idóneas, ni suficientes para demostrar lo contrario, por tanto, el criterio del Tribunal Electoral de Veracruz, queda firme y con forme a derecho.
En conclusión, el Pleno de la Sala Xalapa determinó como infundado los agravios interpuestos por los partidos políticos MORENA, Partido del Trabajo, Partido Verde Ecologista de México, Partido Revolucionario Institucional y Partido Encuentro Social.