La Comisión de Gobernación debe analizar el expediente y emitir el dictamen correspondiente en el caso de la promoción personalizada del regidor Décimo Tercero del ayuntamiento de Xalapa, Daniel Fernández Carrión.
Esto después de que el Tribunal Electoral de Veracruz dio vista al Congreso del Estado para que determine la sanción que habrá de aplicar.
El actuario del TEV envió la resolución derivada del Procedimiento Especial Sancionador PES 202/2017, que determina que la colocación de tres lonas en colonias de esta ciudad, muestran el nombre del edil y la exaltación de sus logros con el fin de posicionarlo ante la ciudadanía.
El miércoles de la semana pasada, los magistrados electorales en sesión plenaria desahogaron el recurso presentado por un ciudadano que denunció al edil xalapeño por la violación de los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 79 de la Constitución Política del Estado de Veracruz, al entregar videocámaras de vigilancia a vecinos de diferentes colonias de la ciudad, los días 7, 18, 21, 28 y 30 de septiembre; 5, 7 y 14 de octubre y 4 de noviembre.
En este sentido y después de valorar las pruebas, el TEV determinó que no se acredita que las videocámaras de vigilancia hayan sido adquiridas con recursos públicos, por lo que tal infracción no se tiene por actualizada.
A pesar de esto, la certificación que realizó el personal instructor del OPLE Veracruz acreditó la colocación y ubicación de tres lonas en diversas colonias, por lo que se acredita la infracción establecida en el 134 constitucional, en su vertiente de promoción personalizada del servidor público, en virtud de que en estas, se ve claramente el nombre del regidor denunciado Daniel Fernández Carrión y sus redes sociales.
En este punto, los magistrados determinaron que si bien, las lonas no contienen alguna mención específica a las etapas o fases que componen algún proceso electoral, ni tampoco la intención del edil como aspirante a un cargo de elección popular, el denunciado en ningún momento se deslindó del contenido de los comunicados de prensa denunciados ni de la colocación de las lonas en mención, por lo que el edil incurrió en la promoción personalizada de su nombre e imagen, y se ordenó dar vista al Congreso del Estado para que determine la sanción que debe aplicarse.