Con las reformas hechas al Código Civil del Estado en mayo pasado, se reglamentó el “divorcio incausado”, es decir, que uno de los cónyuges solicite el divorcio sin la necesidad del consentimiento del otro, agilizando el trámite, informó el oficial encargado del Registro Civil en Orizaba, Alan Osorio Falcón.
En entrevista, el funcionario expuso que aun y cuando estas adecuaciones se dieron en el mes de mayo, hasta la fecha no se ha presentado ninguna solicitud de este tipo en la oficina de Orizaba.
Explicó que con antelación este trámite solo se podía pedir por 19 causas, sin embargo ahora lo puede solicitar una persona sin especificar la causa y será resuelto por el órgano jurisdiccional, sin la necesidad de razones para que proceda.
“Antes, a través de una resolución, se daba el famoso divorcio incausado, ahora ya lo tenemos bien patentado. Antes en el Código se tenían que buscar 19 causales de divorcio, ahora con la modificación se puede hacer con la simple voluntad de una de las personas”.
Recordó que con el divorcio administrativo las personas hacían su solicitud y a los 15 días la debían ratificar, ahora, con la reforma, vienen a hacer su solicitud y en ese mismo instante se levanta el acta de divorcio.
“Esta figura procede cuando la pareja no tiene hijos o bien si los hijos son mayores de edad, no se tiene bienes y existe la voluntad de las partes para disolver el régimen con el que están casados”.
Agregó que anteriormente, tras la disolución del matrimonio los actuarios debían esperar un año antes de contraer nuevas nupcias, situación que también se prevé en las reformas y que ahora permite al día siguiente comenzar a tramitar un nuevo matrimonio si es el caso.