Entre lo aprobado por la Cámara de Diputados, se prohíbe la subcontratación de personal pero reconoce la subcontratación de servicios especializados
Reforma al outsourcing es aprobada en lo general y particular por diputados; pasa al Senado
Por: Radio Fórmula
2021-04-14 - 08:56:00 / Ciudad de México

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La Cámara de Diputados aprobó este miércoles el dictamen sobre subcontratación laboral, conocida también como outsourcing, una propuesta legislativa acordada entre el Gobierno y los empresarios tras meses de disputas, y lo envió al Senado para sus efectos constitucionales.

“La Cámara de Diputados aprobó, en lo general y en lo particular, el dictamen que reforma diversos ordenamientos en materia de subcontratación laboral. Lo remitió al Senado de la República para sus efectos constitucionales”, indicó la Cámara de Diputados en un comunicado.

El documento reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de las leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Impuesto Sobre la Renta, del Impuesto al Valor Agregado y de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, entre otros puntos.

“Con 348 votos a favor, 77 en contra y 32 abstenciones es aprobado, en lo general, dictamen que reforma leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Infonavit; Código Fiscal de la Federación, leyes del ISR y del IVA, en materia de subcontratación laboral”, indicó la Cámara baja.

¿Qué dice el dictamen?
Entre lo aprobado por la Cámara de Diputados, se prohíbe la subcontratación de personal, para lo cual se derogan las disposiciones que actualmente prevén alguna regulación.

También diferencia la subcontratación de servicios especializados o de la ejecución de obras especializadas, siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante.

Establece que la subcontratación de servicios especializados o de ejecución de obras especializadas deberá formalizarse mediante contrato por escrito.

Además, indica que las personas físicas o morales que proporcionen los servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

“Menciona que al patrón que no permita la inspección y vigilancia que las autoridades del trabajo ordenen en su establecimiento se le notificará por instructivo para que comparezca a exhibir toda la información requerida, apercibido que de no hacerlo se presumirá que no cuenta con ella”, agregó el texto.

Con independencia de lo anterior, el hecho de no permitir el desahogo de la inspección lo hará acreedor de una multa.

“A quien realice la subcontratación de personal, así como a las personas físicas o morales que presten servicios de subcontratación sin contar con el registro correspondiente se les impondrá también una multa”, concluyó el texto.

 
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