Tras una discusión que duró 15 horas y media, a las 6:13 de la mañana de este viernes, el pleno del Senado de la República avaló en lo general y en lo particular, con 74 votos a favor, 34 en contra y tres abstenciones, el proyecto que expide la Ley de Seguridad Interior. Dicha ley fue aprobada con cambios a la minuta original que había recibido de la Cámara de Diputados, e inmediatamente fue devuelta a la misma para que sea analizada y, en su caso, ratificada este mismo viernes. El dictamen determina la procedencia de la intervención de la Federación en estados o municipios y expedirá dentro de las 72 horas siguientes la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior. Asimismo, en aquellos casos en que las amenazas representen un grave peligro a la integridad de las personas o el funcionamiento de las instituciones de gobierno, el presidente bajo su estricta responsabilidad, podrá ordenar acciones inmediatas de las Fuerzas Armadas. Se establece que la Declaratoria de Protección a la Seguridad Interior, no podrá exceder de un año. Agotada su vigencia, cesará esta intervención, así como las acciones de seguridad interior a cargo de las Fuerzas Armadas. Aunque la declaratoria podrá modificarse o prorrogarse por acuerdo del presidente, mientras subsista la amenaza a la seguridad interior que la motivó. Además, las Fuerzas Federales y las Armadas desarrollarán actividades de inteligencia en materia de seguridad interior. Podrán hacer uso de cualquier método lícito de recolección de información. Durante el largo y por momentos ríspido debate, el senador Javier Lozano, del PAN, defendió en tribuna la nueva ley y criticó a senadores del PT y de su propio partido, al negarse a que las Fuerzas Armadas cuenten con un marco legal que les dé certidumbre. Una vez que el dictamen que expide la Ley de Seguridad Interior fue devuelto a la Cámara de Diputados con al menos una decena de modificaciones, se prevé que en San Lázaro se sesione este viernes para que allanen los cambios y con ello sea enviada al Ejecutivo Federal para su publicación y entrada en vigor. |